El criterio de oportunidad se puede aplicar una sola vez y es un beneficio que se da al solicitado para archivar el caso, además se otorga por un acuerdo de Junta Directiva General, y previo a un análisis de Regencia del CAV
Aplica para las siguientes inobservancias:
- Anotaciones en bitácora fuera del plazo de los 8 días hábiles
- Inicio de la obra, sin contar previamente con la licencia municipal (Permiso de Construcción)
- Sobre áreas, que superen el 10% en área tramitada
- Tramitación posterior del inicio de la obra
- Cuando el profesional renuncia a la empresa en la cual se desempeñaba como responsable de uno o más proyectos, pero no renuncia a cada proyecto individualmente
- Anotar en bitácora sin estar registrado en APC
- Obviar la debida apertura del cuaderno de bitácora
- Por acuerdo tomado ante el Centro de Resolución de Conflictos o del Centro de Concertación
- Todos aquellos que no transgredan el interés público o privado.
Es importante recalcar que cada caso se analiza individualmente, tomando en cuenta las características particulares de cada uno.
PROCEDIMIENTOS DE LA APLICACIÓNDE LA ÉTICA PROFESIONAL Y SUS EFECTOS PATRIMONIALES
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